Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito, 1 de Noviembre de 2004 (Tesis num. II.T.268 L de Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito, 01-11-2004 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.T.268 L
Fecha de publicación01 Noviembre 2004
Fecha01 Noviembre 2004
Número de registro180093
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

La prueba pericial es por su propia naturaleza colegiada, en cuanto a que se constituye con opiniones ilustrativas sobre cuestiones técnicas emitidas bajo el leal saber y entender de personas versadas en materias que requieren conocimientos especializados, las cuales deben ser expuestas en una forma lógica y razonada que revele con claridad su fundamentación, pero que por ser falibles se hace indispensable, a fin de buscar mayor certeza en ellas, o al menos, una posible comparación crítica, su pluralidad, atento al texto del artículo 825 de la Ley Federal del Trabajo, que hace siempre referencia a "peritos", en plural. Ahora bien, el principio de equilibrio procesal que marca la Ley Federal del Trabajo, de acuerdo con su propia exposición de motivos, consiste en que esa ley es y debe ser proteccionista y reivindicadora del trabajador, pero no por fuerza expansiva, sino por mandato constitucional, ya que se trata de proteger a la clase económicamente débil. Luego, si la contraparte del trabajador ofrece la aludida prueba en diversas materias y éste también la ofrece, pero no en todas las materias opuestas, y la juzgadora...

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