Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 1 de Octubre de 2004 (Tesis num. II.2o.P.150 P de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 01-10-2004 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.2o.P.150 P
Fecha de publicación01 Octubre 2004
Fecha01 Octubre 2004
Número de registro180362
MateriaDerecho Penal,Penal

Cuando el inculpado realiza una conducta ilícita susceptible de encuadrarse tanto en el tipo penal de asociación delictuosa, tomando en cuenta el momento en que comenzó a delinquir, como en el de delincuencia organizada, por la continuación de su conducta hasta la entrada en vigor de esta nueva norma penal, el problema no es de aplicación retroactiva de la ley más benéfica, sino de una concurrencia aparente de normas que ha de resolverse bajo el principio de especialidad, según el cual la ley especial excluye a la general (lex especialis derogat legi generali) y, en el caso, la norma penal que prevé y sanciona al delito de asociación delictuosa es una norma general, con respecto a la diversa de delincuencia organizada, en la hipótesis de organizarse para realizar en forma permanente o reiterada conductas que por sí tengan como fin cometer los delitos en ella precisados, puesto que este tipo penal contiene, además de los elementos de la descripción penal de asociación delictuosa, el especializado relativo a que el propósito de delinquir se concrete a la comisión de...

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