Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito, 1 de Octubre de 2004 (Tesis num. IV.2o.C.26 C de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito, 01-10-2004 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIV.2o.C.26 C
Fecha de publicación01 Octubre 2004
Fecha01 Octubre 2004
Número de registro180380
MateriaDerecho Procesal,Civil

Conforme al artículo 261 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León, la confesión de la celebración verbal de un contrato de arrendamiento rendida en medios preparatorios a juicio tiene naturaleza judicial, y en el juicio de arrendamiento que posteriormente se entable, de acuerdo con los numerales 360, 361 y 365 del ordenamiento invocado, merece valor probatorio pleno, salvo que se surta alguna de las hipótesis siguientes: que medie prueba en contrario que no importe una excepción no opuesta oportunamente; que la ley le niegue valor; que venga acompañada de otras pruebas y presunciones que la hagan inverosímil o que...

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