Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, 1 de Agosto de 2004 (Tesis num. VI.2o.C.384 C de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, 01-08-2004 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.2o.C.384 C
Fecha de publicación01 Agosto 2004
Fecha01 Agosto 2004
Número de registro180763
MateriaDerecho Procesal,Civil

De conformidad con lo previsto en el artículo 1310 del Código de Comercio, no procede tacha de testigos cuando están ligados a ambas partes con el mismo parentesco, o desempeñaren oficios o tuvieren negocios o interés directo o indirecto en el pleito para con los dos; por tanto, interpretando esa disposición, a contrario sentido, se obtiene la procedencia de la tacha cuando el deponente se encuentra ligado sólo con una de las partes en cualquiera de las hipótesis...

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