Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 1 de Agosto de 2004 (Tesis num. XV.1o.21 K de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 01-08-2004 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXV.1o.21 K
Fecha de publicación01 Agosto 2004
Fecha01 Agosto 2004
Número de registro180814
MateriaDerecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

Si con posterioridad al incidente de nulidad de notificaciones que combate el auto que ordenó notificar la sentencia en un juicio de amparo a una persona distinta a la legalmente autorizada para ese efecto, se interpone recurso de queja contra el auto que decreta como legal dicha notificación, debe declararse sin materia tal recurso, toda vez que la promoción de aquel incidente provocará, en el caso de que se declare fundado, que el mismo Juez de Distrito repare el daño que le provocó el auto combatido a la autoridad recurrente, habida cuenta de que tomará conocimiento de esa sentencia que...

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