Tesis Aislada, Décimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Agosto de 2004 (Tesis num. I.10o.C.39 C de Décimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-08-2004 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | I.10o.C.39 C |
Fecha de publicación | 01 Agosto 2004 |
Fecha | 01 Agosto 2004 |
Número de registro | 180881 |
Materia | Derecho Procesal,Civil |
El precepto legal en cita es de naturaleza heteroaplicativa, ya que por su sola vigencia no causa perjuicio alguno a los gobernados, sino que es necesario un acto posterior de aplicación para que se produzca el agravio personal y directo, puesto que dicho artículo define la conducta constitutiva del delito de fraude procesal, que se configura cuando el activo incurra en alguna de las hipótesis previstas en el propio numeral, a saber: que ejercite la acción de nulidad de juicio concluido y no obtenga sentencia favorable; que desista de la demanda o de la acción, o bien, que el abogado patrono o litigante que...
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Tesis Aislada, Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Marzo de 2005 (Tesis num. I.11o.C.119 C de Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-03-2005 (Tesis Aisladas))
...Secretario: R.J.O.P.. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XX, agosto de 2004, página 1610, tesis I.10o.C.39 C, de rubro: "FRAUDE PROCESAL. EL ARTÍCULO 737 F DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL, ADICIONADO POR DECRETO DE REFORM......