Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Agosto de 2004 (Tesis num. I.3o.T.74 L de Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-08-2004 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.3o.T.74 L
Fecha de publicación01 Agosto 2004
Fecha01 Agosto 2004
Número de registro180960
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

Cuando el trabajador reclame el reconocimiento de su antigüedad genérica en términos de lo pactado entre las partes contratantes, pretendiendo que al tiempo efectivamente laborado le sean sumados los días a que se refiere la cláusula 9 del Contrato Colectivo de Trabajo de Petróleos Mexicanos, debe exponer en su demanda no sólo la existencia de ese beneficio, sino los pormenores de la relación laboral, pues además de la fecha de inicio de la relación laboral, las características del puesto, categoría y lugar donde prestó el servicio, también debe indicar los días festivos, descansos obligatorios, el turno adicional en la jornada semanal y los descansos semanales que establece la citada cláusula, en razón a que esa es la base fundamental de la acción ejercitada. Así, cuando en el escrito inicial de demanda el accionante no señale los días festivos, descansos obligatorios, el turno adicional a la jornada semanal y los descansos semanales según que le hubieran correspondido laborar, además de las incapacidades por enfermedad o riesgo de trabajo, la Junta debe mandar prevenir al trabajador para cumplir con la obligación de la carga de la prueba, pues si no cumple con tal requisito la demanda será oscura o vaga, lo...

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