Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, 1 de Julio de 2004 (Tesis num. VI.3o.A.193 A de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, 01-07-2004 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.3o.A.193 A
Fecha de publicación01 Julio 2004
Fecha01 Julio 2004
Número de registro181089
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Procesal,Administrativa

La actuación de las autoridades fiscales locales, cuando fungen como coordinadoras en el cobro de impuestos federales, se funda en el convenio de coordinación administrativa celebrado entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado (publicado en el Diario Oficial de la Federación el dieciocho de diciembre de mil novecientos noventa y seis), del cual se desprende la facultad material de las autoridades del Estado de Puebla para ejercer las facultades de comprobación de impuestos federales, específicamente del impuesto al valor agregado e impuesto sobre la renta, respecto de los cuales podrán emitir requerimientos, notificarlos e imponer las multas previstas en el Código Fiscal de la Federación, empero, del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado, en el artículo 8o., fracciones XIV y XXXV, se advierte que el titular de dicha secretaría definirá la...

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