Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 1 de Noviembre de 2005 (Tesis num. XV.4o.6 L de Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 01-11-2005 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXV.4o.6 L
Fecha de publicación01 Noviembre 2005
Fecha01 Noviembre 2005
Número de registro176623
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

El artículo 9o. de la Ley del Servicio Civil de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado, Municipios e Instituciones Descentralizadas de Baja California prevé la posibilidad de que los empleados de confianza y los que figuran en lista de raya, que desempeñen funciones de trabajadores de base por más de seis meses, exijan que su plaza se considere en el presupuesto de egresos correspondiente al siguiente ejercicio fiscal como trabajador de base. De dicho precepto se advierte que los legitimados para ejercitar esa acción son los trabajadores comprendidos en cualquiera de las dos categorías siguientes: a) trabajadores de confianza; y, b) trabajadores incluidos en lista de raya. Consecuentemente, resulta ocioso arrojar la carga probatoria al Estado-patrón para acreditar que el promovente funge como trabajador de confianza, pues esa categoría es la que le otorga legitimación para ejercitar la acción para ser considerado de base en el siguiente presupuesto de egresos; de manera que corresponde a la parte trabajadora la carga de probar que efectúa labores de un trabajador de base.


CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO.

Amparo directo 395/2005. D.C.G.. 8 de septiembre de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: I.d.P.M.. Secretario: J.M.S.G..


Nota: Por ejecutoria del 2 de marzo de 2011, la Segunda Sala declaró improcedente la contradicción de tesis 16/2011, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que uno de los criterios en contradicción constituye únicamente la aplicación de una jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.


Véase: Semanario Judicial de la Federación y...

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