Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, 1 de Octubre de 2005 (Tesis num. VI.2o.C.436 C de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, 01-10-2005 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.2o.C.436 C
Fecha de publicación01 Octubre 2005
Fecha01 Octubre 2005
Número de registro176878
MateriaDerecho Procesal,Civil

Lo establecido en el Código de Comercio, a partir de la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el veinticuatro de mayo de mil novecientos noventa y seis, sólo exige que la persona que funja como perito demuestre, al momento de aceptar y protestar el cargo propuesto, y al de presentar el dictamen respectivo, con copia simple y con el original o copia certificada de los documentos de que se trate, respectivamente, que es apto para desempeñarse como perito y emitir el dictamen encomendado, sin que en ningún caso la autoridad jurisdiccional pueda prejuzgar cuál de los peritos propuestos está mejor capacitado para emitir su...

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