Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, 1 de Junio de 2005 (Tesis num. IV.3o.T.202 L de Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, 01-06-2005 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIV.3o.T.202 L
Fecha de publicación01 Junio 2005
Fecha01 Junio 2005
Número de registro178104
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Constitucional,Laboral

El artículo 7o. de la Ley del Servicio Civil del Estado de Nuevo León establece que los casos no previstos en esa ley o sus reglamentos se resolverán de acuerdo con las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, aplicadas supletoriamente; sin embargo, para que un ordenamiento legal pueda ser aplicado supletoriamente es necesario que, en principio, exista establecida la institución cuya reglamentación se trata de complementar por medio de esa aplicación supletoria, es decir, la supletoriedad es la aplicación de una norma en relación con otras con el único fin de hacerlas íntegras y perfectas, corrigiendo sus deficiencias y ambigüedades; además, sólo debe aplicarse para integrar una omisión en la ley o para interpretar sus normas, partiendo de los principios generales del derecho o de otras leyes con el fin de subsanar las imperfecciones que presente, pero dicha supletoriedad no puede aplicarse para generar derechos sustantivos no contemplados, ni mucho menos introducir el contenido íntegro de las normas de la legislación con la que se pretende suplir a la ley suplida, por tener un carácter secundario o accesorio respecto de la segunda, pues únicamente puede acudirse a ella cuando exista una institución, figura o derecho en ésta que no esté regulado en todos sus aspectos, y que existiendo la institución o una de características análogas, se recurra a ellas con la única intención de subsanar la deficiencia de la primera, mas no de adicionarla o modificar su contenido esencial; en tal virtud, tratándose de la Ley del Servicio Civil, en aquellos casos en que no establezca la forma en que debe resolverse una situación específica, puede...

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