Tesis Aislada, Noveno Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Mayo de 2005 (Tesis num. I.9o.T.200 L de Noveno Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-05-2005 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.9o.T.200 L
Fecha de publicación01 Mayo 2005
Fecha01 Mayo 2005
Número de registro178552
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Laboral

El artículo 128 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado prevé el recurso de revisión contra las resoluciones dictadas en las audiencias por los secretarios señalados en dicho dispositivo, el cual debe interponerse dentro de las veinticuatro horas siguientes ante el Pleno o las Salas respectivas del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje. Ahora bien, si un secretario de Acuerdos dicta resolución en la que declara cerrada la instrucción y pasa el expediente a dictamen para emitir el laudo correspondiente, habiendo pruebas pendientes de desahogo previamente admitidas, es inconcuso que el referido recurso es procedente por tratarse de la admisión o desahogo de pruebas; consecuentemente, si el quejoso no impugnó oportunamente dicha resolución es incuestionable que adquirió definitividad, y los agravios que en el amparo directo se hacen valer a este respecto resultan inoperantes.


NOVENO...

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