Tesis Aislada, , 1 de Enero de 2005 (Tesis num. I.15o.A.17 A de Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-01-2005 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Enero 2005
Fecha01 Enero 2005
Número de registro179644
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Constitucional

Esa regla emitida el veintinueve de febrero de dos mil y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de marzo del mismo año, señala que los contribuyentes que no formen parte del sistema financiero, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7o.-B de la Ley del Impuesto sobre la Renta en vigor para el citado año, que para efectos de la misma ley efectúen sus pagos provisionales de forma trimestral y que en términos del artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación no estén obligados a dictaminar sus estados financieros por contador público autorizado, podrán determinar los intereses acumulables y deducibles en el ejercicio aplicando el factor de acumulación y deducción trimestral que al efecto dé a conocer la mencionada Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en vez de aplicar lo dispuesto en el citado artículo 7o.-B (determinar en cada caso de los meses del ejercicio, los intereses y la ganancia o pérdida inflacionaria, acumulables o deducibles). De esa regla es fácil advertir que sólo es aplicable a los contribuyentes que reúnan las características que precisa, por lo que no puede estimarse violatoria de la garantía de igualdad consagrada en el artículo 13 de la Constitución General de la República, dado que no se trata de una norma privativa, pues de manera general, abstracta e impersonal, determina quiénes son los contribuyentes que podrán utilizar esa opción, sin hacer consideración de especie o de persona, o grupo de personas, y constituye una disposición aplicable a todos los casos en que se produzcan los supuestos normativos y no a casos determinados previamente, a los que deba aplicarse para desaparecer después de su aplicación. En otras palabras, dicha regla establece una regulación abstracta y general, sin determinar situaciones jurídicas referidas a una persona o a un grupo de personas, ya que comprende a todos los contribuyentes del impuesto relativo y obligados a determinar los intereses acumulables y deducibles, que no formen parte del sistema...

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