Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 1 de Octubre de 2006 (Tesis num. XX.1o.200 C de Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 01-10-2006 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXX.1o.200 C
Fecha de publicación01 Octubre 2006
Fecha01 Octubre 2006
Número de registro174067
MateriaDerecho Procesal,Civil

Es criterio reiterado que existe litisconsorcio pasivo necesario cuando la litis que se ventila en el juicio, afecta a más de dos personas, por tanto, no es posible pronunciar sentencia válida sin oírlas a todas, además, su estudio es oficioso por el tribunal de alzada y, en caso de actualizarse, debe ordenarse la reposición del procedimiento de primera instancia para no dejar inaudito a ninguno de los interesados; sin embargo, en aquellos casos en que en la apelación se hacen valer agravios en los que se sostiene la actualización de esa figura procesal y el tribunal estima que no se configura, no es necesario ordenar que se reponga el procedimiento a efecto de que se llame al interesado que el apelante asegura tiene...

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