Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito, 1 de Octubre de 2006 (Tesis num. IV.1o.C.27 K de Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito, 01-10-2006 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIV.1o.C.27 K
Fecha de publicación01 Octubre 2006
Fecha01 Octubre 2006
Número de registro174136
MateriaDerecho Civil,Derecho Público y Administrativo,Derecho Procesal,Común

El artículo 114, fracción III, párrafo segundo, de la Ley de Amparo prevé la procedencia del juicio de amparo indirecto contra la "última resolución" dictada en el procedimiento de ejecución de sentencia, entendida ésta como la que declara su cumplimiento total o la imposibilidad para cumplirla; no obstante lo anterior, dicha regla general admite un caso de excepción, resultante de aquellos actos emitidos en esa etapa que tienen autonomía propia, porque su finalidad directa e inmediata no es ejecutar la sentencia. Ahora bien, el acuerdo emitido en el procedimiento de ejecución, mediante el cual se sanciona un convenio de cesión de derechos litigiosos, celebrado entre la parte actora y un tercero -lo que conlleva el reconocimiento de éste como nuevo titular de tales derechos-, además de que no es la última resolución dictada en tal procedimiento, no se ubica en el caso de excepción aludido, pues si la pretensión del quejoso es impedir que se ejecute la sentencia, cuestionando la legalidad del convenio de cesión de derechos; entonces, a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR