Tesis Aislada, Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Agosto de 2006 (Tesis num. I.7o.C.76 C de Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-08-2006 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.7o.C.76 C
Fecha de publicación01 Agosto 2006
Fecha01 Agosto 2006
Número de registro174477
MateriaDerecho Civil,Civil

Con base en los artículos 267, fracción XVII, y 320, fracción III, del Código Civil para el Distrito Federal, puede afirmarse que por regla general, cuando en un divorcio necesario la mujer es declarada cónyuge culpable por violencia familiar, es correcto que en la sentencia se determine que ha cesado su derecho a recibir alimentos para ella. Sin embargo, si de las constancias del juicio natural se desprende que hay elementos que revelen que la mujer se encontraba en estado de gravidez y esta circunstancia se corrobora con la confesión del varón, en términos del artículo 308, fracción I, del mismo ordenamiento, es correcta la concesión provisional de una pensión alimenticia a favor del producto a través de la madre, precisamente en razón del estado de gravidez, pues el precepto indicado, dispone que los alimentos...

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