Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, 1 de Agosto de 2006 (Tesis num. VI.1o.A.200 A de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, 01-08-2006 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.1o.A.200 A
Fecha de publicación01 Agosto 2006
Fecha01 Agosto 2006
Número de registro174512
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Procesal,Administrativa

La fracción II del artículo 209 bis en comento, contiene dos hipótesis: la primera, es aplicable a la parte actora del juicio de nulidad, en cuanto señala: "Si el actor manifiesta que no conoce el acto administrativo que pretende impugnar, así lo expresará en su demanda, señalando la autoridad a quien atribuye el acto, su notificación o su ejecución.", toda vez que es el propio demandante quien se coloca en este supuesto, cuando niegue de manera lisa y llana tener conocimiento del acto controvertido. La segunda hipótesis se refiere a una obligación procesal de la parte demandada, al disponer: "En este caso, al contestar la demanda, la autoridad acompañará constancia del acto administrativo y de su notificación, mismos que el actor podrá combatir mediante ampliación de la demanda.". Por consiguiente, una vez actualizada la primera hipótesis, cuyo nacimiento surge a propuesta del propio actor, y cumplida la consecuente obligación de la segunda hipótesis, a cargo de la autoridad, se produce el derecho del enjuiciante de ampliar su demanda, en términos del numeral 210, fracción II, del código de la materia, a fin de que esté en posibilidad de expresar conceptos de impugnación en contra de las constancias de notificación que se le habrían dado a conocer en la contestación de demanda, además de combatir por sus propios motivos y fundamentos, el acto administrativo que también habría exhibido la autoridad al contestar. Así, satisfechos los extremos de las disposiciones de mérito, es decir, promovida la demanda de acuerdo con el artículo 209 bis, fracción II, primera parte, del código en consulta; presentada la contestación con los documentos indicados en la segunda parte de esa misma fracción II; ampliada la demanda, al tenor del numeral 210, fracción II, y contestada esa ampliación, como lo prevén los artículos 212, 213 y 214, todos del ordenamiento invocado, se genera la obligación para la Sala, al emitir la sentencia definitiva, de proceder conforme lo dispuesto en el artículo 209 bis, fracción III, esto es, estudiar los conceptos de nulidad formulados en contra de la notificación (en ampliación de demanda), antes de examinar los que controviertan el acto impugnado, para efectos de la oportunidad en la presentación de la demanda. En este momento se pueden producir dos consecuencias: 1) si resuelve que la notificación fue ilegal, considerará que dicho escrito inicial fue promovido en tiempo y se avocará al análisis del fondo del asunto; 2) pero si, por el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
4 sentencias
  • Sentencia Nº 0424/2021 del Tribunal de Justicia Administrativa de Jalisco, 2021
    • México
    • 1 Enero 2021
    ...1790. Tipo: Aislada. Registro digital: 174512. Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito. Novena Época. Materia(s): Administrativa. Tesis: VI.1o.A.200 A. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXIV, Agosto de 2006, página 2159. Tipo: Aislada. 15 Expediente de orige......
  • Sentencia Nº 0983/2018 del Tribunal de Justicia Administrativa de Jalisco, 2018
    • México
    • 1 Enero 2018
    ...de Tesis: Aislada. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXIV, Agosto de 2006. Materia(s): Administrativa. Tesis: VI.1o.A.200 A. Página: 2159 CONTESTACIÓN DE DEMANDA EN EL JUICIO DE NULIDAD. EL INCUMPLIMIENTO DE ESTA OBLIGACIÓN PROCESAL A CARGO DE LA AUTORIDAD, ASÍ C......
  • Ejecutoria nº 10752-21-17-14-1 de Tribunal Federal de Justicia Administrativa, 29-03-2022
    • México
    • DECIMO CUARTA SALA REGIONAL METROPOLITANA
    • 14 Julio 2021
    ...realizado en el auto de desechamiento de extemporaneidad de la contestación de demanda. Sirve de sustento a lo anterior la tesis VI.1o.A.200 A, con registro 174512, emitida por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, publicada en el Semanario Judicial de l......
  • Ejecutoria nº 10648-21-17-02-7 de Tribunal Federal de Justicia Administrativa, 14-03-2022
    • México
    • SEGUNDA SALA REGIONAL METROPOLITANA
    • 14 Diciembre 2021
    ...del tenor siguiente: “Registro digital: 174512 Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Novena Época Materias(s): Administrativa Tesis: VI.1o.A.200 A Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXIV, Agosto de 2006, página 2159 Tipo: Aislada CONTESTACIÓN DE DEMANDA EN ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR