Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 1 de Julio de 2006 (Tesis num. I.3o.P.80 P de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 01-07-2006 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.3o.P.80 P
Fecha de publicación01 Julio 2006
Fecha01 Julio 2006
Número de registro174794
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Penal

De conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, la averiguación previa tiene la finalidad de que el Ministerio Público lleve a cabo todas las diligencias necesarias para acreditar los elementos del delito denunciado y la presunta responsabilidad del inculpado, pero si dichos extremos no se acreditan debidamente para llevar a cabo la consignación ante el Juez competente y considera que con posterioridad pueden allegarse otros datos para proseguirla, en términos del artículo 131 del Código Federal de Procedimientos Penales debe decretar la reserva de la indagatoria y suspender la actividad investigadora, para ordenar a la Policía Ministerial que se aboque a recabar datos suficientes para esclarecer los hechos y poder concluirla debidamente, pues dicha determinación la emite al no contar con datos para identificar plenamente al indiciado, porque no ha sido posible el desahogo de una prueba o porque las desahogadas no son bastantes para justificar el ejercicio o el no ejercicio de la acción penal; de ahí que dicho acuerdo, que es de mero trámite, ya que no concluye en definitiva con la función constitucional de investigar los hechos denunciados, no causa agravio al solicitante de garantías pues no lo afecta directamente y, por lo mismo, el juicio de amparo...

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