Tesis Aislada, Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Abril de 2006 (Tesis num. I.13o.A.121 A de Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-04-2006 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.13o.A.121 A
Fecha de publicación01 Abril 2006
Fecha01 Abril 2006
Número de registro175310
MateriaDerecho Fiscal,Administrativa

El artículo 319 del Código Financiero del Distrito Federal establece que los particulares que realicen obras en el Distrito Federal de más de doscientos metros cuadrados de construcción, deberán pagar determinadas sumas, que habrán de destinarse a acciones para prevenir, mitigar o compensar los efectos del impacto vial, de acuerdo con la zona del Distrito Federal a que pertenezcan. Por tanto, atendiendo a que el artículo 32 de dicho ordenamiento legal, señala que los aprovechamientos son los ingresos que se obtienen por el Estado en el ejercicio de funciones de derecho público, por el uso o explotación de bienes de dominio público, por la aplicación de sanciones o el resarcimiento al erario público por algunas conductas irregulares; se considera que los ingresos establecidos en el citado artículo 319, no se encuentran dentro de esa categoría, puesto que la generación de la carga tributaria no deriva de tales hipótesis, sino que se produce por el hecho de que el gobernado se coloque en supuestos específicos, lo que es propio de los ingresos que se clasifican como impuestos. Esta interpretación se funda además, en el criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que ha sostenido reiteradamente que los impuestos pueden tener un objeto inmediato que consiste en cubrir los gastos públicos, objeto que es esencial y común a todos ellos (fines fiscales), y otro mediato, que consiste en la realización de determinado propósito (fines extrafiscales). Ahora bien, es de apreciarse que los citados preceptos legales prevén a favor del Distrito Federal ingresos que deben cubrirse por el hecho de que el gobernado se encuentre en los supuestos normativos que en ellos se describen, y expresamente se establece que habrán de destinarse para fines específicos del gasto...

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