Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 1 de Abril de 2006 (Tesis num. X.1o.50 P de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 01-04-2006 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónX.1o.50 P
Fecha de publicación01 Abril 2006
Fecha01 Abril 2006
Número de registro175393
MateriaDerecho Penal,Penal

De conformidad con lo previsto por el artículo 203 del Código Penal del Estado de Tabasco, en su segundo párrafo, si el activo restituye el objeto del delito o entrega su valor y satisface los daños y perjuicios antes de dictarse sentencia, se reducirá en una mitad la sanción que corresponda al delito cometido; esto se actualiza cuando el quejoso devolvió voluntariamente el semoviente producto del abigeato, antes de dictarse sentencia en la causa penal, y siempre que el inculpado no tenga el carácter de reincidente y haya reparado los daños y perjuicios, o se le haya absuelto de su pago. En consecuencia, si ante ese supuesto la responsable no tomó en cuenta lo previsto por el citado precepto y párrafo, no obstante que durante el proceso el activo devolvió el...

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