Tesis Aislada, Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Febrero de 2006 (Tesis num. I.7o.A.443 A de Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-02-2006 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.7o.A.443 A
Fecha de publicación01 Febrero 2006
Fecha01 Febrero 2006
Número de registro175938
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Procesal,Administrativa

Conforme al citado precepto, cuando con motivo del ejercicio de sus facultades de comprobación las autoridades fiscales conozcan de la comisión de una o varias infracciones por la omisión total o parcial en el pago de contribuciones establecidas en el Código Financiero del Distrito Federal, deben determinar el crédito fiscal que resulte, motivando la resolución con base en los hechos u omisiones consignados en las actas u oficio de observaciones que al efecto se hayan levantado, la cual deberá emitirse y notificarse dentro del término de noventa días contados a partir del día siguiente al levantamiento del acta final, periodo en el que...

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