Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, 1 de Enero de 2006 (Tesis num. VI.2o.C.462 C de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, 01-01-2006 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.2o.C.462 C
Fecha de publicación01 Enero 2006
Fecha01 Enero 2006
Número de registro176213
MateriaDerecho Penal,Civil

Si en el artículo 1951 del Código Civil para el Estado de Puebla se dispone que para establecer los efectos restitutorios de la rescisión debe atenderse a lo previsto respecto de la nulidad del acto jurídico en los artículos 1939 a 1944 de esa codificación, y en la primera fracción de la última de esas disposiciones, se señala que la restitución opera de manera retroactiva e integral para los actos instantáneos y de tracto sucesivo, se concluye que cuando se demande la rescisión de un contrato con prestaciones periódicas, como el de arrendamiento, por los efectos retroactivos de esta pretensión, es a partir de que se da el incumplimiento del...

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