Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 1 de Enero de 2007 (Tesis num. I.4o.P.37 P de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 01-01-2007 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.4o.P.37 P
Fecha de publicación01 Enero 2007
Fecha01 Enero 2007
Número de registro173563
MateriaDerecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Penal

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 1a./J. 74/2004, visible en la página 137, Tomo XX, diciembre de 2004, Novena Época del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, de rubro: "INCIDENTE DE TRASLACIÓN DEL TIPO Y ADECUACIÓN DE LA PENA DE PRISIÓN. CONTRA LA RESOLUCIÓN DICTADA EN ÉL, PUEDE PRESENTARSE LA DEMANDA DE AMPARO EN CUALQUIER TIEMPO, POR TRATARSE DE UN ACTO QUE AFECTA LA LIBERTAD PERSONAL DEL QUEJOSO.", sostuvo que la resolución dictada en el incidente citado constituye un acto que afecta la libertad personal del individuo, pues a partir de ese momento se encontrará restringida no sólo por virtud de la sentencia que lo condenó, sino también por la resolución incidental; por tanto, si se impugna la resolución dictada en el incidente de traslación del tipo y adecuación de la pena de prisión a través del juicio de amparo indirecto se actualiza un caso de excepción al principio de definitividad consagrado en los artículos 107, fracción XII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 37 de la Ley de Amparo, por lo que es innecesario agotar, previamente, los recursos ordinarios previstos en la ley, por tratarse de un acto de imposible reparación.


CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo en revisión (improcedencia) 314/2006. 28 de febrero de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: F.A.O.C.. Secretaria: R.L.V.G..

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