Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Enero de 2007 (Tesis num. I.3o.C.582 C de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-01-2007 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.3o.C.582 C
Fecha de publicación01 Enero 2007
Fecha01 Enero 2007
Número de registro173592
MateriaDerecho Civil,Civil

En virtud del concubinato no se genera un estado civil, en consecuencia, tampoco existe relación patrimonial alguna, la cual sólo surge del matrimonio en sus especies de sociedad conyugal o separación de bienes a elección de los cónyuges. Ahora bien, la adición del artículo 289 Bis del Código Civil para el Distrito Federal, que prevé la posibilidad de demandar la indemnización entre los divorciantes cuyo matrimonio se haya celebrado bajo el régimen de separación de bienes, excluye la posibilidad de aplicarlo al concubinato, pues en este tipo de relación no puede presumirse el régimen patrimonial de separación de bienes, aun cuando conforme al diverso 291 Ter del propio código, regulan...

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