Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Quinto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro246606
MateriaDerecho Procesal,Laboral

No procede decretar la nulidad de la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas, por el hecho de que entre la celebración de ésta y el acto del emplazamiento no hayan transcurrido los diez días a que alude el artículo 873 de la Ley Federal del Trabajo. En efecto, el numeral en mención establece: "El Pleno o la Junta especial, dentro de las veinticuatro horas siguientes contadas a partir del momento en que reciba el escrito de demanda, dictará acuerdo, en el que señalará día y hora para la celebración de la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas, que deberá efectuarse dentro de los quince días siguientes al en que haya recibido el escrito de demanda. En el mismo acuerdo se ordenara que notifique personalmente a las partes, con diez días de anticipación a la audiencia cuando menos...". De lo transcrito en la última parte, se desprende que es el emplazamiento a juicio el que debe realizarse con diez...

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