Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro246840
MateriaDerecho Civil,Civil

De conformidad con la fracción I del artículo 2495 del Código Civil anterior al vigente para el Estado de Puebla, no es necesario que el donante acredite la existencia de sentencia penal contra los donatarios por un delito cometido por éstos en agravio de aquél, de su honra o de sus bienes, para ejercitar la acción de revocación de donación por causa de ingratitud, pero sí deben acreditarse en el juicio civil los hechos en que se hace consistir la ingratitud.


PRIMER TRIBUNAL...

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