Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro246870
MateriaDerecho Procesal,Civil

A. argumentar que la firma que obra en el endoso no es la de la acreedora, propiamente se viene a establecer como planteamiento que el título de crédito se pretende cobrar en beneficio propio de los tenedores y no de la beneficiaria del documento, pues dada la naturaleza de ese tipo de obligaciones que se basan en la literalidad y en la expedita circulación, si quien paga no está facultado para cerciorarse de la autenticidad de los endosos, y sólo tiene atribución para pedir que se acredite a identidad del tenedor del documento, según lo dispone el artículo 39 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, es de advertirse que si se alega que este tenedor detenta el título en base a una firma falsa, lo que en realidad se pretende es que se le pague en beneficio propio y no en representación de la beneficiaria; de ahí que no es que se haya indicado en la sentencia...

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