Tesis Aislada, Tribunales Colegiados de Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado Supernumerario en Materia de Trabajo del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro246900
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

Si bien el artículo 133 del contrato colectivo de trabajo que rige las relaciones de Ferrocarriles Nacionales de México con sus trabajadores dispone que las vacaciones de éstos serán pagadas prorrateando los salarios de los diversos puestos desempeñados durante el período en que hayan adquirido el derecho de disfrutarlas, tal disposición no es aplicable cuando lo que se evidencia en autos es que el empleado tuvo diferentes salarios, en ese lapso, pero dentro del mismo cargo, pues en este caso deben liquidarse la prestación en base del último sueldo, por no adecuarse a aquella norma, pues no es lo mismo el cambio de...

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