Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Septimo Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado del Septimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro246972
MateriaDerecho Civil,Civil

El interventor judicial tiene el carácter de auxiliar en la administración de justicia, por lo que de acuerdo con los artículos 576 y 577 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado de Veracruz, es simple depositario para guardar los bienes de la herencia y cuidar su conservación, con la única excepción del pago de las deudas mortuorias, para lo cual requiere de autorización judicial. El interventor judicial, como el síndico provisional de un concurso, el depositario de bienes secuestrados y en general los auxiliares en la administración de justicia en casos análogos, tienen funciones perfectamente definidas por la ley, los que en los juicios sucesorios se limitan a la guarda y conservación de los bienes, entre tanto hay representante de la herencia a quien entreguen los...

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