Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Decimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro247047
MateriaDerecho Procesal,Laboral

El artículo 742 del código laboral, en sus once primeras fracciones enumera distintos casos de notificaciones de carácter personal; y además, en su fracción XII dispone: "En casos urgentes o cuando concurran circunstancias especiales a juicio de la Junta". Luego, la autoridad laboral tiene facultad para decidir cuando se está en presencia de "casos urgentes o circunstancias especiales" que ameriten notificación personal; pero si en un caso ordena notificar por estrados la admisión de una prueba superveniente, con ello deja en estado de indefensión a la contraria de la oferente al no darle oportunidad procesal de conocerla y en su caso impugnarla, pues conforme a la disposición legal en cita y en ejercicio de aquella facultad debió ordenar se le notificara personalmente el auto admisorio, considerando...

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