Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro247443
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

Aun cuando el artículo 9o. del Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Poderes y Municipios del Estado de Tlaxcala, establece que: "Los casos no previstos en esta ley ni su reglamento, se resolverán de acuerdo con las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, aplicada supletoriamente y, en su caso, atendiendo a la costumbre, el uso y las leyes del orden común, a los principios generales de derecho, y en último extremo a la equidad"; también lo es que tal supletoriedad de la Ley Federal del Trabajo no puede llegar al extremo de que se establezca a favor de esos trabajadores una prestación no regulada por la Ley del Trabajo Burocrático, como lo es la prima de antigüedad, pues dicha prestación no está contemplada en tal legislación, y de acogerla ya no se trataría de una aplicación supletoria de la Ley Federal del Trabajo, sino de una aplicación extensiva de la misma, sobre derechos no...

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