Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro247762
MateriaDerecho Civil,Civil

Si se atiende a que la retroactividad de una ley no sólo se puede presentar como conflicto de leyes en el tiempo, sino también por inexistencia de ordenamiento a una situación hasta entonces imprevista legislativamente, ya que los preceptos normativos sólo pueden obrar hacia el futuro, pues de lo contrario se estaría vulnerando el artículo 14 constitucional, se debe determinar que el cómputo de los dos años de separación a que se contrae la fracción en comento no debe comprender tiempo anterior a la expedición de la norma que prevé tal causal, porque de hacerlo así se daría la aplicación retroactiva de esa ley.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 91/86. S.O.P.. 25 de marzo de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: L.M.P.J.. Secretaria: S.G.T..


Sostienen la misma tesis:


Amparo directo 325/86. M.E.G.G.. 12 de junio de 1986. Unanimidad de votos. Ponente...

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