Tesis Aislada, , 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Decimo Sexto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro248047
MateriaDerecho Procesal,Laboral

Si bien es cierto que las Juntas de Conciliación y Arbitraje tienen la facultad de desechar las pruebas que no tengan relación con la litis planteada o porque son inútiles o intrascendentes, en los términos del artículo 779 de la Ley Federal del Trabajo, también lo es, que si con las pruebas desechadas se pretende demostrar la falsedad en que pudieran incurrir los testigos o las circunstancias que afecten su credibilidad, lo que precisamente constituye el hecho controvertido en las tachas formuladas, la Junta no debe desecharlas, sino remitirlas y ordenar su desahogo; además de que no puede afirmarse...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR