Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Décimo Tercer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Decimo Tercer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro248548
MateriaDerecho Civil,Administrativa

Como las normas que rigen los conflictos internos parcelarios son de orden público, si el a quo, correctamente otorgó el amparo solicitado, estimando que era procedente la reposición del procedimiento con que culminó la resolución reclamada, a partir de la etapa conciliatoria, a que se refieren los artículos 434, 435, 436 y 437 de la Ley Federal de Reforma Agraria, en virtud de que, en el acta conciliatoria que levantó el comisariado ejidal correspondiente, no intervino una de las partes contendientes, así las cosas, resulta incuestionable que el J. del amparo no podía haber procedido de otra manera, porque la resolución reclamada se apoya en un procedimiento viciado desde su origen, ya que es una formalidad indispensable que en el acta conciliatoria intervengan las partes contendientes, para que, en caso de que lleguen a un arreglo, previa proposición del comisariado del lugar, se dé por terminado el conflicto y sólo en caso de que alguna de esas partes no acepte tal...

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