Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro248638
MateriaDerecho Civil,Derecho Procesal,Civil

No procede estimar que la resolución que pronuncia el tribunal de apelación en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 679 del Código de Procedimientos Civiles, constituya sentencia definitiva para los efectos del juicio de amparo, y que por lo tanto la competencia para este tipo de asuntos se surta en favor de Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Civil, toda vez que, aunque dicha resolución se pronuncia por el tribunal de apelación con motivo del recurso que en contra de la sentencia de primera instancia se haya interpuesto, no emite decisión en cuanto al fondo del asunto, es decir, en cuanto a las razones legales en que se apoyó el a quo para pronunciar su fallo y, por ende, no confirma, modifica o revoca, en su caso, la sentencia apelada, ya que en ella únicamente se declara sin efectos la solicitud de divorcio, como consecuencia de la abstención en que incurren los divorciantes en continuar el procedimiento por más de tres meses, pero sin que se entre al estudio de los agravios que en contra de la sentencia de primera...

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