Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro248702
MateriaDerecho Penal,Derecho Procesal,Penal

PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL, APREHENSION COMO CAUSA INTERRUPTORA DE LA.

Es indudable que el artículo 111 del Código Penal, al referirse a la aprehensión del inculpado como causa interruptora de la prescripción, lo hace aludiendo no a cualquier detención, sino precisamente a aquella aprehensión del inculpado que produce como consecuencia el sometimiento de aquél a la potestad pública, pero necesariamente en relación con el procedimiento penal instaurado con motivo del delito cometido; esto es, que tal detención debe tener como consecuencia la sujeción del inculpado a término constitucional para que rinda su declaración preparatoria, pues es ese sometimiento a la autoridad pública, lo que interrumpe el lapso para prescribir. En tales condiciones, si la detención preventiva de los quejosos con motivo de un procedimiento de extradición, no produjo en sus personas ninguna consecuencia de carácter penal, puesto que no se les sujetó a término constitucional, sino que obtuvieron su libertad a virtud de una demanda de amparo, no se tiene menos que concluir que tal detención no es interruptora del lapso que se considera eficaz para que opere la...

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