Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Décimo Tercer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Decimo Tercer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro249138
MateriaDerecho Procesal,Civil

El artículo 513 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Oaxaca, contiene una regla general que califica de irrecurribles a los autos que se dicten para la ejecución de una sentencia y la excepción consiste en la admisión del recurso de queja cuando el auto tenga el carácter de interlocutorio; por tanto, debe considerarse que, como es un caso de excepción la admisión del recurso de queja respecto del "auto interlocutorio", no cabe aplicar dicho precepto por analogía, pues este tipo de normas no son aplicables a caso alguno que no esté expresamente especificado en la ley, según lo dispone...

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