Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Sexto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro249691
MateriaDerecho Procesal,Civil

Según el texto del artículo 329 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla, al establecer en su parte final que se mandará correr traslado a las demás partes por el término de seis días del escrito de expresión de agravios, debe entenderse que sí exige que el apelante exhiba copias necesarias de dicho escrito para correr traslado a las partes, pues tratándose del recurso de apelación no se está en el caso de la regla general que contiene el diverso 22 de citado código, ya que entenderlo de otra manera se llegaría al absurdo de considerar que la parte contraria al apelante tendría a su disposición, en la secretaría del juzgado respectivo para su conocimiento solamente el escrito de agravios que es de lo que se debe correr traslado y no de los autos, como lo señala este último precepto legal. Además, tal exigencia se funda en que el escrito de expresión de agravios constituye un primer escrito en términos del artículo 26 del mismo cuerpo de leyes, pues con base en tal escrito y la sentencia recurrida se fija la litis en segunda instancia, por lo que precisamente del contenido de aquél debe enterarse la contraria para producir en su caso la...

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