Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Noveno Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Noveno Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro249700
MateriaDerecho Penal,Penal

Conforme al artículo 198 "A" del Código Penal para el Estado de San Luis Potosí, el delito de ataques a las vías de comunicación, en su modalidad de manejar vehículos de motor, en estado de ebriedad, se castiga con independencia de la sanción que corresponda, si resultare daño en las cosas o en las personas; ello implica una plena autonomía entre ambos delitos, previstos en el último, en el artículo 91 del Código Penal en consulta. Luego, si en el caso concreto, el delito de culpa únicamente produjo daño en propiedad ajena con valor no mayor de quinientos pesos, persiguiéndose este ilícito a petición de parte y existiendo el perdón del...

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