Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro249780
MateriaDerecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Administrativa

De conformidad con lo previsto por los artículo 21 y 28 del Reglamento para el Pago de Cuotas y Contribuciones del Régimen del Seguro Social, no existe base legal alguna para considerar que el término en que se inicia la prescripción de la acción derivada de la fianza, comienza el décimo quinto día siguiente al que se notifica a la fiada la resolución que recae a la instancia de inconformidad, pues lo correcto es concluir que el plazo prescriptorio a que alude el artículo 120 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, visto a la luz de los artículos 21 y 28 del reglamento mencionado, empieza a correr a partir de la fecha...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR