Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Décimo Tercer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Decimo Tercer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro250285
MateriaDerecho Penal,Penal

El delito de despojo a que se refiere la fracción I del artículo 256 del Código Penal del Estado de Chiapas, se integra: con la ocupación del inmueble o uso de él, o de un derecho real ajeno, de propia autoridad y haciendo violencia física o moral a las personas, furtivamente o empleando amenazas o engaños; pero además, conforme a la fracción del precepto antes citado, también es configurativa del delito la conducta del agente del delito que ocupe el inmueble sin consentimiento de la persona que pueda disponer del mismo conforme a la ley.


TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.

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