Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro250486
MateriaDerecho Civil,Civil

Aunque conste en autos que en la fecha de presentación de la demanda de terminación de contrato de arrendamiento, se había liquidado y aceptado el importe de la renta correspondiente al propio mes, no puede decirse que se extinguió el derecho de exigir judicialmente la desocupación y entrega del inmueble, porque a la sazón ya se había dado el aviso a que se refiere el artículo 2478 del código sustantivo de la materia y, por ende, había concluido la relación derivada del contrato de arrendamiento; de tal suerte que el cobro anticipado de la renta sólo significó que el dueño del inmueble hizo uso de la facultad que al respecto le concede el artículo 2429 del propio ordenamiento.


TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN...

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