Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Tercer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado del Tercer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro251116
MateriaComún

Si bien es verdad que la acumulación de autos no causa por sí misma un perjuicio, es claro que ello debe entenderse cuando tal acumulación se decrete en términos de lo dispuesto por el capítulo IV del título tercero del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco, mas no cuando la misma se aparte de lo dispuesto por esos preceptos legales, pues en este supuesto es incuestionable que sí se causa un perjuicio irreparable a la parte en cuyo agravio hayan sido violadas tales normas jurídicas. Por consiguiente, si lo que se alega es precisamente que la acumulación de mérito no se ajustó a lo dispuesto...

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