Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Decimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro251225
MateriaDerecho Civil,Derecho Procesal,Civil

Las diligencias de información ad perpetuam promovidas en jurisdicción voluntaria para demostrar la posesión de un bien, no satisfacen los extremos del artículo 2932 del Código Civil del Estado de Tabasco al cual remite el artículo 2933 del propio Código sustantivo, pues dichos preceptos legales prevén que la información se recibirá con citación del Ministerio Público, del respectivo registrador de la propiedad y de los colindantes; que los testigos deben ser por lo menos tres de notorio arraigo en el lugar de la ubicación de los bienes a que la información se refiere y que no se recibirá la información sin que previamente se haya dado una amplia publicidad por medio de la prensa y de avisos fijados en los lugares públicos, a la solicitud del promovente circunstancias que en la información ad perpetuam no se efectúan, por lo que sólo establece una presunción de la posesión pero no basta para probar que se trata de una posesión...

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