Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro251717
MateriaAdministrativa

Basta la lectura de los artículos 6o., 12 y 44 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas Artísticas e Históricas, particularmente el numeral 6o., en su inciso segundo, que literalmente dispone: "Los propietarios de bienes inmuebles colindantes a un monumento que pretendan realizar obras de excavación, cimentación o construcción, que puedan afectar las características de los monumentos históricos o artísticos, deberán obtener el permiso del instituto correspondiente, que se expedirá una vez satisfechos los requisitos que se exijan en el reglamento", para concluir que el jefe del Departamento de Licencias e Inspección de Monumentos del Instituto Nacional de Antropología e Historia sí tiene competencia y facultades para ordenar la suspensión de obras y colocación de sellos, cuando éstas se ejecuten sin la autorización correspondiente, sin que importe que dichas obras no se realicen propiamente en los monumentos, sino también tratándose de inmuebles que sean colindantes, como se desprende...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR