Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro251726
MateriaDerecho Procesal,Civil

El hecho de que al momento de efectuarse la notificación de radicación de los autos en el juzgado que los recibe, no se haya acordado aún tener como domicilio del demandado el señalado en sus escritos de contestación a la demanda, no implica que la notificación realizada en este domicilio deba ser nula, porque no se necesita determinación judicial para que deba tenerse por designado un domicilio para oír notificaciones, en virtud de que, practicado el emplazamiento, el domicilio procesal establecido por la ley para llevar a cabo esa diligencia, cambiará al que el demandado haya designado para el efecto de que en él reciba las notificaciones que deban hacérsele; es decir, a partir de la segunda, las...

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