Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro251850
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Procesal,Administrativa

Si el actor impugna ante el Tribunal Fiscal una notificación y la resolución notificada, ésta sólo ad cautelam, y la Sala dicta sentencia de nulidad de la notificación, y una autoridad interpone revisión ante el Pleno, mientras otra cumple la sentencia recurrida y notifica nuevamente la resolución, y la actora promueve un nuevo juicio contra la resolución nuevamente notificada afirmando que el asunto estaba subjúdice, y en la contestación las autoridades afirman que la nueva notificación no invalidó la primera porque ésta estaba subjúdice, es claro que no procede desechar la ampliación que de su segunda demanda haga la parte actora en términos de los artículos 194, segundo párrafo, y 165 del Código Fiscal de la Federación, para impugnar la nueva notificación, pues no podría hacerse tal cosa sin prejuzgar sobre el fondo del negocio. Luego debe admitirse esa ampliación a fin de que, ya agotada la instrucción y con todos los elementos de hecho y de derecho del caso, se resuelva lo procedente sobre las pretensiones deducidas por el actor en su...

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