Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro251926
MateriaDerecho Civil,Civil

Es inaceptable la pretensión de la hermana de la autora de la sucesión en el sentido de que sus sobrinos (hijo de un hermano premuerto), no tiene derecho a heredar porque su padre no renunció a la herencia, invocando en su apoyo el artículo 1631 del Código Civil, que establece: "Si concurren hermanos con sobrinos hijos de hermanos o de medios hermanos premuertos, que sean incapaces de heredar o que hayan renunciado a la herencia...", pues la interpretación de tal precepto, en relación con los artículos 1665 y 1666 del mismo ordenamiento, hace llegar a la convicción de que la frase "que sean incapaces de heredar o que hayan renunciado la...

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