Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro252038
MateriaDerecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

Se ha venido sosteniendo, reiteradamente, que sólo las promociones del quejoso y los actos procesales que impulsen el procedimiento cambiando el estrato procesal en que éste se encuentra, interrumpen el término de la inactividad procesal que se sanciona con el sobreseimiento del juicio de amparo de conformidad con lo dispuesto en la fracción V del artículo 74 de la ley de la materia. Ahora bien, una vez desarrollada la audiencia constitucional hasta el desahogo de las pruebas y los alegatos, no pueden llevarse a cabo actos que impulsen el procedimiento, por haber concluido éste, faltando sólo que el J. pronuncie la sentencia que en derecho corresponda; por lo que en tal supuesto, sólo resta al quejoso demostrar el interés que le asiste en el dictado de la resolución, y sus promociones serán las únicas que podrán interrumpir el...

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