Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Sexto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro252467
MateriaDerecho Procesal,Común

El Juez de Distrito, de conformidad con el artículo 111 de la Ley de Amparo, tiene facultades para ordenar la inmediata libertad del quejoso, si por franco desacato o negligencia de la autoridad responsable no da debido cumplimiento a la suspensión decretada en el juicio respectivo, no siendo atendible lo que diga el agente del Ministerio Público en el sentido de que si no dio contestación inmediata al telegrama del Juez Federal se debió a que en el mismo no se especificaba el término concedido para consignar o poner en libertad al quejoso, siendo inatendible esto último dado el texto categórico de la fracción XVIII del artículo 107 constitucional, según el cual deberá ponerse el detenido a disposición de la autoridad...

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